Certificados Energéticos

La directiva europea 2010/31 UE, de 19 de Mayo, relativa a la eficiencia energética de los Edificios, obliga a expedir un "Certificado de Eficiencia Energético" para los edificios o unidades de estos (viviendas, locales, etc.) que se construyan, vendan o alquilen.

En España el Real Decreto 235/2013 de 5 de abril establece los procedimientos para cumplir dicha directiva, entrando en vigor el 1 de junio de 2013.

Los servicios que ponemos a su disposición son los siguientes:

  • Presupuesto sin compromiso.
  • Visita a la vivienda realizando mediciones in situ.
  • Realización de Certificado energético según programa CE3X.
  • Tramitación de la etiqueta energética con la Consejería de Industria de la Comunidad Autónoma.

¿En qué consiste?

En un edificio, la eficiencia energética se calcula midiendo la energía consumida todos los años en condiciones normales de uso y ocupación. Para ello se tienen en cuenta todos los servicios utilizados de manera habitual, como la calefacción, la refrigeración, la ventilación, la producción de agua caliente sanitaria y la iluminación, a fin de mantener las condiciones de confort térmico y lumínico y sus necesidades de agua caliente sanitaria y calidad de aire interior

En concreto, el indicador recoge los kilogramos de CO2 divididos por los metros cuadrados de la vivienda (kg CO2/m2 al año). A aquellos con un ratio de emisiones por debajo de los 6,8 kg CO2/m2 al año se le asigna la letra A, la mejor calificación. La peor nota (la G) es para aquellos inmuebles que superan los 70,9 kg C02/m2 anuales.

¿Cuándo se tiene que entregar el certificado?

Los propietarios que deseen vender sus pisos deberán poner a disposición de los compradores este título en el momento en el que se efectúa la operación, mientras que en el caso de los alquileres el casero deberá entregar una copia al inquilino. Es decir, no se puede solicitar el certificado una vez que se ha realizado la venta o el arrendamiento del inmueble. Este certificado tendrá una validez de diez años.

¿Cuáles son las sanciones?

La ley establece sanciones que oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.